Resumen | |
[J] | Impugnación de acuerdo de partido político, referido a la no validación de una candidatura a un cargo interno. Mutatio libelli. Derecho de autoorganización del partido político y derecho del afiliado a participar en la vida interna de dicho partido.(publicado en Actualidad Diaria 3873 el 14 de noviembre de 2018) |
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La Comisión de Garantías Democráticas, Área de Ética y Validación del partido político Podemos, dictó el 26 de enero de 2015 el «Acuerdo V-M-15-002». En él se examinó la candidatura de D. Eulogio para el proceso de elección del Secretario General y Consejo Ciudadano de la Comunidad Autónoma de Catalunya y se concluyó que el interesado no cumplía con los requisitos exigidos en los documentos aprobados por la Asamblea Ciudadana y en el Reglamento de Elecciones a Cargos Internos, por lo que consideró que no debía validarse su candidatura. D. Eulogio ha interpuesto el 10 de febrero de 2015 una demanda contra el partido político Podemos en la que solicita la anulación del acuerdo de la Comisión de Garantías Democráticas de dicho partido político, de 26 de enero de 2015, que acordó la no validación de su candidatura a secretario general del partido en Cataluña. Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial, ante la que apeló el demandante, desestimaron la demanda. El Supremo desestima el recurso. | |
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